IGLESIA DE SANTIAGO DE VILLAFÁFILA

 

 

Citación

1155[1] se cita por primera documentalmente.

Por lo que esta iglesia es más antigua sin poder datar su fundación.

Pertenecía

Monasterio de Eslonza.

Situación

La iglesia de Santiago se encontraba situada al norte de Villafáfila posiblemente en la que fue la plazuela del Crucifijo (hoy parte de la calle Rejadorada), justo por detrás de la iglesia de Santa María del Moral.

Ubicación de la iglesia de Santiago en el actual casco urbano

 

Situación de la iglesia de Santiago al respecto de iglesias habidas en Villafáfila

 

Obispado

Pertenecía desde antiguo a la dieseis de Astorga, Villafáfila era la sede del arciprestazgo más suroriental de la diócesis, en ella residía el arcipreste cuya primera mención es de 1156[2], y bajo su autoridad se encontraba el clero parroquial.

                           

Iglesia catedral de Astorga

 

Los arciprestes solían ser miembros de las oligarquías locales y estaban más en sintonía con los clérigos locales y con las autoridades de las villas que con el poder episcopal.

1154, don Alfonso VII donó al Obispo de Astorga, don Pedro Cristiano (1153-1156) las tercias[3] de toda la iglesia de Villafáfila y Lampreana.

“ut ab hace die secundun Sancta canonum institutionem dent vobis tetias de tota terra Lamprena et Vila Fafila et hec Facio ut ab hac die habeatis it possideatis vos et emnes”[4].

(que, desde hoy, según la situación de los sagrados cánones, den a vosotros las tercias de toda la tierra de Lampreana y Villafáfila y esto lo hago para que desde hoy día tengáis y paseáis vos y todos vuestros sucesores la tercera parte integral de todas las décimas perpetuamente don derecho hereditario).

Los clérigos de la villa tenían unas obligaciones con el obispo de Astorga entre las que estaban:

“concurrir a su ilustrísima con la parte de procuración que les corresponda según están obligados los clérigos de aquel paraje y al arcediano de aquel territorio y a los canónigos de Santa Maria pagarles fielmente sus foros anualmente”[5].

Algunos años más tarde el papa Lucio III manda a los abades San Pedro de Eslonza propietarios de iglesias en Villafáfila como esta de Santiago, que en las iglesias que tienen dentro del obispado de Astorga guarden y conserven a su obispo los debidos derechos y regalías que le pertenecen y no pongan en ellas clérigos ordenados en la diócesis de León, a menos que el obispo de Astorga los apruebe y obedezcan sus órdenes[6].

Mapa del Obispado de Astorga, Deliñado por D. Manuel Sutil cura de la Bañeza 1791[7]

 

Clérigos

La procedencia de los clérigos los que servían iglesias de propiedad monástica episcopal, o monasterios serían nombrados por los dueños de las iglesias y generalmente ejercería los beneficios clérigos forasteros, aunque en el desempeño de su cargo se integrarían en la villa. Otras veces el clérigo propuesto para el curazgo es morador de la villa, pero recibe un solar por parte del propietario de la iglesia.

El número de integrantes del clero local va aumentando a medida que va creciendo el número de iglesias, así en 1156 se documentan tres y en 1235 los clérigos de la villa que confirman un documento son diez.

Libro de Fábrica

De esta iglesia no hay Libro de Fabrica, ya que el primero de todas las iglesias de Villafáfila no empiezan hasta el siglo XV incluso el XVI.

Tampoco sabemos nada de cómo eran, ni que altares tenía suponemos que el Altar Mayor dedicado a Santiago, ni que imágenes tuviese.

Nada ha llegado de ella.

1155 a 5 enero el emperador Alfonso VII, hace una nueva donación o confirmación del mismo, junto con una heredad y la mitad de la iglesia Santiago en Villafáfila al monasterio de Eslonza:

“facio kartam donacionis seu confirmacionis...de hereditate de Uilla Fafila que es mea propia ereditas, et illa prenominata monesterio Sancte Marie tota ab integra et medietati Sancti Iacobi”[8].

“hago confirmación carta de la donación o herencia de Villafáfila que son mi propia herencia, y todo el monasterio mencionada Santa María conjunto y medio de San Santiago”.

Alfonso VII según una miniatura del Tumbo A de la Catedral de Santiago de Compostela. Rey de León desde 1126-1157

 

DOCUMENTOS REALES. XIV. Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.  pág. 27 y 28.

Donación de heredades en Villa Fafila otorgada por Alfonso VII al monasterio de Eslonza.

5 enero. A. 1155.

“XPS. Principium scripti fiat sub nomine Christi. Sub nomine sancte et indiuidue Trinitatis Patris uidelicet et FiIii ac Spiritus Sancti amen. Ego Adefonso imperatore una cum coniuge mea imperatrice dompna Richa facio kartam donacionis seu comfirmacionis Deo omnipotenti et beato Petro de Eslonza nec non et abbati dompno Petro ceteroque conuentui fratrum sub regula Sancti Benedicti ibidem Deo seruiencium tam presencium quam futurorum, de hereditate de UilIa Fafila que est mea propria ereditas, et illa prenominata monesterio Sancte Marie tota ab integra et medietati Sancti Iacobi, et hoc facio ob remedium anime mee et matris mee et parentum meorum tam uinorurn quam defunctorum. Habet enin iacenciam supra nominata uilla inter Oter de Frates et Furtunola et Terrones. A modo nobis illam sicuti superius dixi dono et concedo ab integro cum ómnibus directuris suis sen apendiciis, casis, terris cultis et incultis et solaribus et uineis et pratis et fontibus, et pascuis, et egressibus et regressibus, per ubiqumque illam potueritis inuenire ista et alia que Deus dederit uobis donata uel conparata, et pro ista hereditate non faciatis nullum forum nisi ubi uolueritis, habeatis, possideatis, donetis, et omnem uoluntatem uestram de ea faciatis per infinita seculorum secula amen. Si quis uero quod fieri non credo contra hoc factum meun spontaneum ad disrrumpendum uenerit sit maledictus et excomunicatus, et cum Datan et Abiron quos uinos terra obsorbuit infernales penas luat, et in super huic qui uocem huius kartule pulsauerit centum libras auri purissimi exsoluat, et quod in calumpnia miserit in duplo componat, et hoc meun scriptum semper meneat firmun.

Facta Harta donacionis seu confirmacionis in Era M.a CLXXXXIII et quotum VIII Kalendarum Februarii. Iacinto Sancte romane aecclesiae kardinali et legato tenente generale conciliun apud Ualle Oleti. Adefonso imperatore imperante cum coniuge sua imperatrice dompna Richa, Legione, Toleto, Castella, Gallacia, Naiara, Saragoza, Baencia, et Almaria. Maiordompnus Imperatoris Comes dompnus Poncius. Alferiz eiusdem imperatoris Nuno Petriz. Episcopo existente in Oueto dompno Martino et in Legione dompno Iohanne et in Astorice Petrus episcopus. Maiordomus imperatoris in terra Legionis, Petrus Balzan. Tenente turres Legionis, Poncio de Minerua.

Ego Adefonso imperatore quod fieri iussi propria manu confirmo. Signum Imperatoris. Ego Rege Sancio confirmo. Imperatrice Richa conf. Rege Fredinando conf. Comes Poncius conf. Comes Ramirus conf. Comes Osorius conf. Comes Petrus Alfonsi conf.  Iohannes notuit.”[9].

Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV

 

“XPS. Principiun están escritos debe estar en el nombre de Cristo. Por el nombre, a saber, el Hijo del Padre, y el Espíritu Santo, la Trinidad santa e indivisible, amén. Yo Alfonso el emperador, juntos, con mi esposa la emperatriz Dña. Richa hará un carta, de la donación, es decir, confirmamos Dios omnipotente, y el bienaventurado Pedro, desde el Eslonza, así como y el abad fueron Sir Peter, el resto de la comunidad de los hermanos bajo la Regla de San Benito hay que sirven a Dios, tanto del presente y del futuro, de la herencia de la estimación de Villafáfila, que es el mi propia herencia, y todo el monasterio mencionada Santa María conjunto y medio de San Santiago y hacer esto de una cura para mi alma y mi madre y mis padres tanto unieron los difuntos. Se ha mencionado anteriormente un pueblo villa el Oter de los Hermanos y Furtunola pongo esto, y de terror. De la forma en que lo tienen como tenemos dar y conceder el entero con toda directuris de él o apendiciis, lavanda, cultivadas y sin cultivar tierras y solares y viñedos, prados, fuentes y pastos, y las salidas y los ingresos a través ubiqumque que se pueden encontrar los nombres y otra dado libremente, o que se comparan con los que Dios ha dado a usted, excepto cuando no hay mercado, y no hagáis ninguna de la herencia de la que se desea volver a esto, en medio de ti; entrar y poseer, para que perdones a sí mismos, y hacer de ella, por medio de un número infinito de su cuenta, y todo lo que quiso, por todos los siglos, amén. Si alguno, sin embargo, que no puede depender de lo contrario, esto se hizo en secreto una ofrenda voluntaria al dispuesto él venga, será maldecido, y excomulgado, y, con Datán y Abirom, a quien el vino de la tierra, se tragó las penas infernales debe ser castigado cuando, como en el de este pueblo, que, o bien desafío de esta carta viene más de cien libras de oro, oro puro en el exsoluat, y que en desafío mediante el envío de un doble acto, y que siempre debe permanecer en secreto escrito firmo.

Hay carta regalo o la confirmación de la era M.a CLXXXXIII y el número 8 de enero. Jacinto Santa Romana Iglesia Kardinale y embajador tenente general llevó a cabo un concilio, apud ualle Oleti. Alfonso emperador reinante, con su esposa la emperatriz Dña. Richa, León Toledo, Castilla, Galicia, Navarra, Zaragoza, Baencia y Almería. Maiordompnus contar emperador Conde D. Poncius. Alferiz de las mismas columnas emperador Nuno Pétriz. Obispo existente en Oueto D. Martino y León D. Juan, y en Astorga Obispo Pedro. Maiordomns Mayordomo emperador tierra León, Pedro Balzan. Tenente torres León, Poncius de Minura.

Yo emperador Alfonso ordenó que se hiciera de su propia mano confirmo. Signum Imperatoris. Yo Rey Sancho confirmo. Emperatriz Richa confirmo. Rey Fernando confirmo. Conde Poncius confirmo. Conde Ramiro confirmo. Conde Osorio confirmo. Conde Pedro Alfonso confirmo. Juan notuit.”[10].

1165 el monasterio de Eslonza le surgieron pleitos sobre algunas posesiones, ya tuvieron que llegar a un acuerdo con el obispo de Astorga en que firman un convenio el 8 Julio para evitar controversias sobre la posesión de la iglesia de Santiago, cuya mitad les pertenecía, con el otro propietario Miguel Arias un clerigo[11].

Ruinas del monasterio de Eslonza

 

DOCUMENTOS PARTICULARES. XCIII. Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XCIII. pág 148 y 149.

Carta de avenencia otorgada por el monasterio de Eslonza de una parte y de otra Miguel Arias y Román, clérigo, sobre la iglesia de Santiago de Villafáfila

8 Julio. A. 1165

“XPS. In nomine Domini nostri Ihesu Christi amen, Notum est omnibus morantibus in Lampreana et in Uillafafila quod ecclesie sancti Jacobi qui est in eadem uilla est comunis inter monasterium sancti Petri Elisonzie et Michaelem Arias et Romanum clericum et suos heredes scilicet medietas ipsius ecclesie est predicti monasterii et alia medietas iam dictorum heredum. Ne itaque insequentibus temporibus inter predicti monasterii monachos et prenominatos heredes aliqua controuersia super iam dicta sancti Jacobi ecclesia debeat oriri aut si orta fuerit de facili rationabiliter possit decidi placuit utrisque conuenientiam in die consecrationis ipsius ecclesie unanimiter et concorditer in presentia Domini Ferdinandi astoricensis ecclesie reuerendi antistitis consilio etiam et mandato eius factam in scripto redigere. Est autem hoc conuientia uidelicet ut capellanum in iam nominata ecclesia sancti Jacobi monachi et heredes uel eorum successores uel communiter prouideant uel ipsius ecclesie officia per totum annum medietatem monachi et aliam medietatem heredes corapleri equaliter faciant. Simliter quicquid in primiciis decimis oblationibus mortuorum laxationibus et in omnibus aliis beneficiis predicte ecclesie sancti Jacobi prouenerint data prius tercia decimarum astoricensi ecclesie monachi et heredes pro medium diuidant hoc tamen obseruato de comuni consensu ut ecclesia sancte Marie que iuxta ipsam ecclesiam sancti Jacobi est propter quam in parrochianis grauamen aliquod seu detrimentum nec paciatur nec inferat. Facta conuenientia VIº idus Julii Era M.a CC.a III.a Regnante rege dompno Fernando cum regina domna Urracha in Legione Toleto Gallecia et Asturiis. Comite dompno Nunno et Fernando Roderici tenentibus Uillam Fafilam. Dompno Fernando astoricensium episcopo. Qui presentes fuerunt uiderunt et audierunt. Michael Petriz conf. Iohannes Petriz cont. Dominicus Petriz conf. Petrus de Legione conf. Pelagius Iohanuis conf. Iohannes Iohannis conf. Petrus Iuliani conf. Yspanus conf. Fernandus Martini conf. Petro ts. Iuhanne ts. Pelagio ts. Facundus notuit.[12].

Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XCIII

 

“XPS. En el nombre de Nuestro Señor Jesucristo Anión. Es notorio a todos los que moran en Lampreana y Villafáfila que la iglesia de Santiago que hay en la misma villa es común al Monasterio de Eslonza y al clérigo Miguel Arias y Román y sus herederos, es decir, que la mitad de la misma iglesia es del predicho Monasterio de San Pedro y la otra mitad de los dichos herederos. Así, pues, para que en lo sucesivo entre los monjes de predicho monasterio y los predichos herederos no deba originarse controversia alguna sobre la ya dicha iglesia de Santiago, o si ya ha surgido pueda resolverse razonablemente con facilidad, nos ha parecido bien a unos y otros por unanimidad redactar por escrito, en el día de la consagración de la misma iglesia, un acuerdo realizado ante el Reverendo Don Fernando, Obispo de la Iglesia de Astorga, y con su consejo y mandato. Y este acuerdo es el siguiente: Que el capellán de la ya nombrada iglesia de Santiago lo nombren los monjes y los herederos o sus sucesores d común acuerdo, o que los monjes durante medio año y los herederos durante el otro medio hagan que se cumplan las cargas de la iglesia. Igualmente, todo lo proveniente de la predicha iglesia en cuanto a primicias, diezmos, ofrendas por difuntos, indulgencias y toda otra clase de beneficio detraídas antes las tercias correspondientes a la iglesia de Astorga, los monjes y los herederos lo dividan a la mitad, habiendo tenido en cuenta ambas partes que, por este acuerdo, no se le infiera gravamen o detrimento alguno a los parroquianos de la iglesia de Santa María, que está junto a la iglesia de Santiago. Se llevó a cabo este acuerdo el día sexto de los idus de Julio, era 1203. Reinando el Rey D. Fernando y la Reina D Urraca en León, Toledo, Galicia y Asturias. Gobernando en Villafáfila el Conde D. Nuño y Fernando Rodríguez. Siendo Obispo de Astorga D. Fernando. Los cuales estuvieren presentes, vieron y oyeron. Miguel Pérez lo confirma. Juan Pérez lo confirma, Domingo Pérez lo confirma, Pedro de León lo confirma, Pelagio Juárez lo confirma, Juan Juárez lo confirma, Pedro Julián confirma. Yspanus confirma. Ferrando Martín confirma. Petro testigo. Pelagio Testigo. Facundis notuit. ✠”[13].

 

Placa que aún recuerda la plazuela del Crucifijo, ubicada en la casa de la calle hoy es Rejadorada

 

1201 septiembre, por última vez se cita la iglesia de Santiago[14].

Ya pertenecía la mitad de la iglesia de Santiago al monasterio de Eslonza desde 1155 por la donación del Rey Alfonso VII[15], y conseguiría este año de 1201 la propiedad entera de la iglesia de Santiago a través de una donación otorgada por Pedro Miguélez[16].

DOCUMENTOS PARTICULARES. CXXV. Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. CXXV. pág 197 y 198.

Donación de la mitad de la iglesia de Santiago de Villafáfila, otorgada por Pedro Miguelez en favor del Monasterio de Eslonza.

Septiembre. A. 1201

 “PXS. Principium scripti, fiat sub nomine Christi. Quoniam humana fragilitas omnia que uidet uel audit memorialiter minime potest retinere ideo literarmn memorie comendamus que uix aut nunquam deleri solet quatenus ego Petrus Micaellis una cum patre meo Mieaelle Salgato et matre mea domna Marina et fratribus meis et sororibus damus et concedimus in perpetuum illam medietatem ecclesie sancti Iacobi de Uilla Fafila qua Iohanes Micaellis meus consanguineus dedit mihi Petro Micaellis, domno Iohani abati ecclesie sancti Petri Helysoncie et conuentui eiusdem ecclesie et eorum successoribus, ego inquam Petrus Micaellis predictus hoc donum faeio et concedo et pater meus et mater et fratres et sorores mecum faciunt et concedunt hoc donum et ego cum illis nos omnes facimus et concedimus amore Dei primitus et pro redencione animarum nostrarum et parentum nostrorum et pro fraternitate et societate et beneficio quibus nos ipsi receperunt et hoc facimus et damus et concedimus firmiter sicut predictun est absque fraude et contradiccione aliqua. Et si aliquis ex parentibus meis uel ex alienis hac kartam et hoc factum nostrum et donum quod facimus et quod roboramus corrumpere uoluerit uel contra ierit in aliquo, maledictus sit a Deo omnipotenti et cum Iuda traditore in inferno sit damnatus et uox sua non ualeat nec audiatur super hoc et persoluat in cauto CCC.os morabetinos medietatem regi et aliam medietatem dominis prefate hereditatis. Isti sunt testes qui hoc aiderunt et audierunt et ante presentes fuerunt. Micael Carestia conf. Iohanes Redroio conf. Garcia Dorinico conf. Gordo conf. Pelagius Caluo conf. Gondisalus Pelagii conf. Petrus Gutierrez conf. Petrus Iohanis balestero conf. Don Dominico conf. Don Pedro el alcalde conf. Micael Caluo conf. Don Lobo conf. Pelagius Iohanis con. Petrus Arias conf. Iohanes Masoco conf. Dominicus Roio conf. Pan Posado conf. Prior Dominicus Suuarez tenente domum sancte Marie. Martinus presbiter capellanus. Martinus Bartolomeus monacus.

Facta karta in mense Setembri sub Era M.a CC.a  XXX.a VIIII.a Regnante rege Adefonso cum regina domna Berengaria in Legione et Galecia. Petro Suuari existente Compostelle archiepiscopo. Lupo Astorice episcopo. Martino Zamore episcopo. Manrico episcopo Legionis. Roderico Petri de Uilla Luporum tenente Ullam Fafilam. Habram iudeo, merino Uille Fafile. Iudicibus eiusdem uille, Petro Iohanis et Petro Martinez et Pelagio Felici et Martino Bagoro. Martinus scripsit”[17].

Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. CXXV

 

“PXS. El comienzo de los Padres de guión, que debe estar en el nombre de Cristo. Puesto que el ser humano es la fragilidad de todo lo que ve o escucha que recuerda es menos capaz de retener por esta razón literarmn memoria, comendat que puede ahora apenas o nunca serán borrados es por lo general en la medida en que soy Peter Micaelllis junto con el padre de mi Mieaelle Salgato, y de mi madre, mi dama a la que Marina y mis hermanos y hermanas, damos y la concesión a perpetuidad ese resto de la Iglesia, de San Santiago, de Villafáfila cuales Juan Micaelli, mi pariente, que me ha dado a Pedro, Micaelli, señor Juan Abati de la iglesia de San Pedro, con Helysoncie y el convento de la misma iglesia, y para sus sucesores, soy, digo, Pedro, Micaelli lo anterior, pues es don facio admito, sin embargo, y mi padre, y su madre, y sus hermanos, y hermanas, conmigo, que hacen, y conceden, pues es don, y yo estoy con ellos, todos nosotros, que damos y conceder el amor de Dios, en primer lugar, y para la redención de nuestras almas y de nuestros padres, y en lugar de un espíritu de hermandad y la alianza, también por la amabilidad con que nosotros, después de haber recibido y siguen para hacer esto y damos y concede firmemente mientras ella predictun que está desprovisto de su propio beneficio y contradicción. Y si alguno de los niños de mis padres o de otras personas de este Kartam y éste fue uno de nosotros, y el don de lo que estamos haciendo y que reforzamos que para romper él quiere o contrario a uno que iba, en cualquiera, sea maldito por Dios, Dios omnipotente, y con Judas el traidor: en el infierno cuando fue condenado, y la voz de su propio no se puede expresar, ni se escucha en hacerse cargo de esto y persoluat 300 morabetinos mediante medio de él y la mitad de la finca antes mencionada. Estos son los testigos que estuvieron antes y los que aiderunt presente. Micael Carestía confirmado. Juan Redroio confirmado. García Dorinico confirmado. Gordum confirmado. Pelagius Caluo confirmado. Gondisali Pelagii confirmado. Pedro Gutiérrez, confirmado. Peter Juan balestero confirmado. Don Domenico confirmado. Don Pedro Alcalde confirmado. Micael Caluo confirmado. Don Lobo confirmado. Pelagius Juan confirmado. Pedro Arias, confirmado. Juan Masoco confirmado. Roio Dominic confirmado. Pan Posado confirmado. Prior Dominicus Suuarez tenente casa Santa María. Martin presbítero Capellán. Martin Bartolomeus monacus.

Hay carta mes septiembre M.a CC.a  XXX.a VIIII.a Mientras que el rey Alfonso y la reina Dña. Berengario en León y Galicia. Pedro Suuari existente arzobispo Compostela. Lupo Obispo Astorga. Martin Obispo Zamora. Manrico León Obispo. Roderico Petri Villa Loporum tenente Villafáfila. Habram Judio, merino Villafáfila. Cuando los jueces de los mismos hombres de la ciudad, y en Pedro Juan y Pedro Martínez y Pelagio Faceli y Martino Bagoro. Martin escribió”[18].

Debió de desaparecer la iglesia de Santiago a lo largo del siglo XIII, propiedad del monasterio de Eslonza que le sería más rentable la concentración de todos sus feligreses en una sola parroquia en la de Santa María del Moral igualmente propiedad monasterio de Eslonza.

Imagen de lo que fue la plazuela del Crucifijo, en punto rojo la ubicación de la placa que recuerda la plazuela. Donde se aprecia la cercanía con la iglesia de Santa María del Moral

 

Autor:

José Luis Domínguez Martínez.

 

Bibliografía-textos:

 

Elías Rodríguez Rodríguez:

Historia de las explotaciones salinas en las lagunas de Villafáfila. Pág 93

Zamora: Instituto de Estudios Zamoranos “Florián de Ocampo”, 2000. ISBN 84-86873-87-8.

 

Vicente Vignau: Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV, XCIII y CXXV.

Biblioteca Digital de Castilla y León: Cartulario de Eslonza:

http://bibliotecadigital.jcyl.es/i18n/consulta/registro.cmd?id=998

Cartulario del Monasterio de Eslonza (1885) - Monasterio de Eslonza

https://bibliotecadigital.jcyl.es/es/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=10065802

 

La traducción siguiente de Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, XIV y CXXV es traducida a través de www.webtran.es/latin, pudiendo tener palabras no traducidas, erróneas o frases cambiado su significado principal. Incluyo esta para dejar una idea del escrito en latín.

 

Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.  Traducido por D. Manuel de la Granja Alonso.

 

Fotografía:

(A. Calvo, "San Pedro de Eslonza" (1957), lám. 2. Gonzalo J. Escudero @gjescudero,

https://twitter.com/gjescudero/status/1042739837470691328).

Wikipedia.

Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV, XCIII y CXXV.

José Luis Domínguez Martínez.

 

Transcripción y Montaje:

José Luis Domínguez Martínez.

 

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Todo texto y fotografía ha sido autorizado al almacenamiento, tratamiento, trabajo, transcripción y montaje a José Luis Domínguez Martínez, su difusión en villafafila.net, y cualquier medio que precie el autorizado.
 

[1] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.

[2] Pascual Martínez Sopena. La Tierra de Campos Occidental. Pág. 140. Ángel Rodríguez González: Tumbo de S. Martín de Castañeda. Archv. Leoneses nº XX. 1966, pág. 50

[3] La “Tertia eclesiasticorum” era un tercio del valor del diezmo.

[4] Henrique Flórez. España Sagrada T. XVI Apéndice XXIX. Fidel Fita. Boletín de la Real Academia de Historia T. 24. pág. 450. 1984. Augusto Quintana Prieto. El Obispado de Astorga en el siglo XII. pág. 337. Pedro Rodríguez

[5] A.D.A. Índice Particulares 572.

[6] Tumbo Negro de Astorga p.245.

[7] Flórez, E. España Sagrada, Madrid, tomo XVI, escritura XLI, Tra. 56 pág 68 bis.

[8] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.

[9] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.

[10] Traducción de Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.

[11] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XCIII.

[12] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XCIII.

[14] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. CXXV.

[15] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. XIV.

[16] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. CXXV.

[17] Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. CXXV.

[18] Traducción Vicente Vignau. Cartulario del Monasterio de Eslonza. 1885, doc. CXXV.